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Sku: PESCA1

Licencia de Pesca Marítima

Vendedora Armeria Pato
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  • Licencia de pesca marítima de la Clase 1 -pesca desde orilla– válida para aguas marítimas costeras de Andalucía. Esta licencia de pesca otorga autorización para pescar con dos cañas a su titular.

Validez durante 3 años en aguas marítimas de Andalucía. Esta licencia no acredita la pesca en aguas interiores continentales.

  • Licencia de pesca marítima de la Clase 2 -pesca desde embarcación– válida para aguas marítimas costeras de Andalucía.

Licencia de pesca válida en aguas marítimas de Andalucía, con una vigencia de 3 años. Esta licencia no es válida para aguas interiores continentales.

  • Licencia de pesca marítima de la Clase 3 - pesca colectiva desde embarcación. Se autoriza a un titular a navegar en una determinada embarcación con propósito de pesca deportiva y con un máximo de pescadores limitado a las características técnicas de la embarcación.

El titular de la licencia de pesca colectiva debe ser mayor de edad y aportar los datos de la embarcación donde desarrollará la actividad. La licencia se debe renovar cada 3 años.

Importante: La Licencia de Pesca Marítima de la Clase 3 solo se expide a embarcaciones con matrícula en la lista 6ª.

  • Licencia de pesca marítima de la Clase 4 - submarina a pulmón libre o apnea. El titular debe acreditar su forma física, debe ser mayor de edad y renovar la licencia cada año.

Especies y tallas autorizadas

Todo aficionado que haga uso de su Licencia de pesca debe atenerse a las normas dictadas por la Administración. En concreto, en lo que se refiere a las especies marítimas cuya pesca está permitida, se debe prestar especial atención a las tallas mínimas por debajo de las cuales la pesca se considera prohibida.

Especie Talla mínima Mediterráneo Talla mínima Atlántico
Abadejo 30 cm
Acedía 15 cm
Aguja 25 cm 25 cm
Arenque 20 cm
Atún rojo 115 cm/30 kg 115 cm/30 kg
Bacaladilla 15 cm
Bacalao 35 cm
Besugo/Pagél 12 cm 25 cm
Besugo de la Pinta/Voráz 33 cm/350 gr 33 cm/350 gr
Besugo/Aligote 17 cm
Boga 11 cm 11 cm
Boquerón/Anchoa 9 cm 12 cm
Breca/Pagél 15 cm
Caballa 18 cm 20 cm
Capellán/Mollera 11 cm
Carbonero 35 cm
Cherna 45 cm
Chopa 23 cm
Congrio 58 cm
Dorada 20 cm 19 cm
Eglefino 30 cm
Estornino 18 cm 20 cm
Gallo 15 cm 20 cm
Herrera 20 cm
Japuta/Palometa negra 16 cm 16 cm
Jurel 15 cm 15 cm
Lenguado 20 cm 24 cm
Limanda 20 cm 23 cm
Lisa 16 cm 20 cm
Lubina 25 cm 36 cm
Maruca 63 cm
Mendo 28 cm
Mendo/Limón 25 cm
Merlán 23 cm
Merluza 20 cm 27 cm
Mero 45 cm
Morrucho 40 mm 40 mm
Pargo 18 cm 15 cm
Patudo 3,2 kg
Pez espeda 90 cm 25 kg/125 cm
Platija 25 cm
Rabil 3,2 kg
Rape 30 cm
Remol 30 cm
Rodaballo 30 cm
Sábalo 30 cm
Salema 15 cm 15 cm
Salmón 50 cm
Salmonete 11 cm 15 cm
Sardina 11 cm 11 cm
Sargo 15 cm
Sargo picudo 18 cm
Sargo marroquí 23 cm
Sargo/Mojarra 18 cm
Solla 27 cm
Trucha marina 25 cm

Las tallas pueden variar en virtud de los cambios normativos. Se aconseja consultar los datos en los listados oficiales -Real Decreto 560/1995. La Licencia de pesca limita en el número de captura de las especies indicadas.